viernes, 10 de diciembre de 2010

Concesión de ayudas para la adquisición de bicicletas en comercios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En el Boletín Oficial de Cantabria Número: 233, de fecha: 03/12/2010 se ha publicado la Orden MED/10/2010 por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones para financiar actuaciones de educación ambiental en el ámbito de la movilidad sostenible, mediante la concesión de ayudas para la adquisición de bicicletas en comercios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
A continuación destacamos los artículos más importantes.
Articulo 2.- Actividad subvencionable y ámbito temporal.
1. Se considera actividad subvencionable, a los efectos de la presente Orden, la adquisición de bicicletas por ciudadanos con residencia en Cantabria en comercios situados dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. Serán subvencionables las adquisiciones que tengan lugar en el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2010 y el 10 de enero de 2011, en comercios situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
3. La adquisición de la bicicleta en ningún caso podrá ser posterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Artículo 3.- Requisitos de los benefi ciarios.
Podrán acogerse a la presente convocatoria aquellas personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener residencia en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 4.- Solicitudes: forma, lugar y plazo de presentación
1. Las solicitudes se podrán presentar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Ofi cial de Cantabria hasta el 31 de enero de 2011 inclusive.
2. Las solicitudes, se formalizarán en el modelo oficial que fi gura como Anexo I en la presente Orden (todos los anexos de esta Orden pueden descargarse de la página web www. gobcantabria.es en su apartado “atención a la ciudadanía-subvenciones”).
3. La Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria dispondrá de una oficina tramitadora específica para la gestión de las presentes subvenciones en la sede de dicha Consejería sita en calle Lealtad 24, planta baja, de Santander, durante el periodo de admisión de solicitudes. El horario de atención en dicha ofi cina será de 9 a 14 horas y de 16:30 a 19:30 horas, de lunes a viernes. El teléfono de atención al público será el 942 202386.
Artículo 5.- Documentación a aportar por los solicitantes.
1.- Instancia de solicitud debidamente cumplimentada, fechada y fi rmada. (Anexo I).
2.- Copia del DNI del solicitante.
3.- En caso de que el domicilio de residencia que refl eja el DNI no sea un municipio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se deberá aportar certificado de empadronamiento que acredite la residencia actual dentro de ésta Comunidad.
4.- Ticket de compra original.
5. Copia de la factura de venta de la bicicleta.
6.- Fotocopia del documento bancario acreditativo del número de cuenta en que se desee que se realice el ingreso de la ayuda, cuenta bancaria cuya titularidad deberá corresponder necesariamente al solicitante de la subvención.
Pulsar sobre la imagen para acceder al contenido íntegro de la Orden.